馃摙 Una adaptaci贸n m谩s gradual, pero Veri*factu no "se para"
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Ya es oficial: el Real Decreto se ha publicado en el BOE y confirma que los contribuyentes que a煤n no hayan empezado la transici贸n a Veri*factu, contar谩n con 12 meses de extensi贸n en el plazo. Las nuevas fechas l铆mite para el cumplimiento:
- 1 de enero de 2027 para empresas
- 1 de julio de 2027 para profesionales
Dicho esto, es clave entender el matiz: no es un retraso de la norma, permite a los rezagados contar con 12 meses m谩s. La obligatoriedad para fabricantes y proveedores de software que ya est谩 en marcha desde el 29 de julio de 2025 no ha cambiado, y esto tiene un impacto muy concreto: cualquier empresa que compre, cambie o actualice su Sistema Inform谩tico de Facturaci贸n debe hacerlo con un software que ya est茅 adaptado a los sistemas antifraude.
Adem谩s, se pone un foco especial en los contratos de mantenimiento plurianual: son el gran caso donde puede haber m谩s "colch贸n", pero no deben confundirse con una pr贸rroga general. La idea de "no es obligatorio hasta 2027" puede dar una falsa tranquilidad y, en muchos casos, convertirse en un riesgo real.
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