🚨 ÚLTIMA HORA SOBRE VERI*FACTU

🚨 ÚLTIMA HORA SOBRE VERI*FACTU

📢 Una adaptación más gradual, pero Veri*factu no "se para"

 

Ya es oficial: el Real Decreto se ha publicado en el BOE y confirma que los contribuyentes que aún no hayan empezado la transición a Veri*factu, contarán con 12 meses de extensión en el plazo. Las nuevas fechas límite para el cumplimiento:

  • 1 de enero de 2027 para empresas
  • 1 de julio de 2027 para profesionales

Dicho esto, es clave entender el matiz: no es un retraso de la norma, permite a los rezagados contar con 12 meses más. La obligatoriedad para fabricantes y proveedores de software que ya está en marcha desde el 29 de julio de 2025 no ha cambiado, y esto tiene un impacto muy concreto: cualquier empresa que compre, cambie o actualice su Sistema Informático de Facturación debe hacerlo con un software que ya esté adaptado a los sistemas antifraude.

Además, se pone un foco especial en los contratos de mantenimiento plurianual: son el gran caso donde puede haber más "colchón", pero no deben confundirse con una prórroga general. La idea de "no es obligatorio hasta 2027" puede dar una falsa tranquilidad y, en muchos casos, convertirse en un riesgo real.